Normativa programación didáctica Comunidad de Madrid (curso 22-23)
En esta página podrás encontrar toda la normativa necesaria para elaborar una programación didáctica en la Comunidad de Madrid, tanto para el curso académico 22-23 como para las oposiciones de secundaria de 2023.
Aunque la legislación educativa se compone de una cantidad elevada de reales decretos, decretos, órdenes o instrucciones, nosotros aquí nos centraremos en aquella normativa que necesitaremos para nuestra programación didáctica.
Para elaborar cualquier programación didáctica necesitamos por un lado de normativa nacional y por otro lado de normativa autonómica. Como verás, tenemos que diferenciar por cursos, algo que explicamos más abajo.
Recuerda que aquí tienes toda la guía para elaborar la programación didáctica.
Normativa nacional de la programación didáctica
1º y 3º de ESO.
Ley Orgánica. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Currículo. Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
2º y 4º de ESO
Ley Orgánica. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Educación.
Currículo. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Evaluación. Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
1º BACHILLERATO
Ley Orgánica. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Currículo. Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.
2º BACHILLERATO
Ley Orgánica. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Educación. (LOE)
Currículo. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Evaluación. Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Normativa autonómica programación didáctica Comunidad de Madrid
1º y 3º de ESO.
Desarrollo curricular, evaluación y atención a la diversidad. DECRETO 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria.
2º y 4º de ESO
Desarrollo curricular. DECRETO 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria. Este decreto ha sido modificado por el DECRETO 39/2017, de 4 de abril y el DECRETO 18/2018, de 20 de marzo.
Evaluación. DECRETO 29/2022, de 18 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan determinados aspectos sobre la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, así como en las enseñanzas de personas adultas que conduzcan a la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.
1º BACHILLERATO
Desarrollo curricular, evaluación y atención a la diversidad. DECRETO 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato.
2º BACHILLERATO
Desarrollo curricular. DECRETO 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato. Este decreto ha sido modificado por el DECRETO 9/2018, de 27 de febrero,
Evaluación. DECRETO 29/2022, de 18 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan determinados aspectos sobre la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional, así como en las enseñanzas de personas adultas que conduzcan a la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller.
¿Y por qué este lío de cursos y leyes? Te cuento.
A nivel nacional:
(Editado 21-11-22) Ahora mismo tenemos una nueva Ley Orgánica (LOMLOE) cuya implantación no está todavía al 100%, lo que hace que en algunos aspectos estemos a caballo entre dos leyes diferenciando los cursos pares y los impares.
Cursos impares
Hay que tener en cuenta que la LOMLOE modifica la LOE y deroga la LOMCE. Según el calendario de implantación de la LOMLOE (disposición final quinta), para el curso académico 22-23, las modificaciones curriculares entran en vigor para los cursos de 1º y 3º de ESO y para 1º de Bachillerato.
Por tanto, en el curso académico 22-23, para esos cursos 1º y 3º de ESO y 1º de bachillerato, usaremos la LOMLOE y los Reales Decretos que establecen el currículo de esta nueva ley, el RD 217/2022 (en secundaria) y el RD 243/2022 (en bachillerato).
Cursos pares
Para el resto de cursos, 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato, también podemos nombrar la LOMLOE, porque la disposición final quinta nos dice que entra en vigor en todos los cursos para algunos aspecto organizativos. Por otro lado, aunque la LOMCE está derogada, su desarrollo curricular sigue vigente (como explicamos más abajo) y por tanto también podríamos nombrarla para los elementos curriculares. En conclusión, en estos cursos pares utilizamos tanto la LOMLOE para los aspectos que nos indica la disposición final quinta, como la LOMCE para su desarrollo curricular (a pesar de estar derogada).
Nota para las oposiciones. En muchas ocasiones las propias Consejerías de Educación establecen notas aclaratorias unos meses o semanas antes de las oposiciones, y pueden aclarar estos aspectos para los años pares, que son un poco más confusos para 2023. Conviene estar atentos a estas notas por si establecen algo diferente respecto al uso de la LOMCE.
¿Y qué pasa con los Reales Decretos en 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato que desarrollan los currículos? No podemos usar los nuevos, porque son para el desarrollo curricular de la LOMLOE. Pero en cada uno de ellos se ha aprobado una disposición transitoria que nos permite usar los antiguos. Así, el RD 217/2022 y el RD 243/2022 en su disposición transitoria primera y segunda establece que para el curso 22-23 lo establecido en el RD 1105/2014 y RD 984/2021 seguirá siendo de aplicación para los cursos de 2º y 4º de ESO y de 2º de bachillerato.
En definitiva, que para los cursos pares, 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato, usamos LOMLOE para elementos organizativos, y la LOMCE y RD 1105/2014 y RD 984/2021 para desarrollo curricular.
A nivel autonómico
- Para los cursos 1º y 3º de ESO y 1º de bachillerato usamos los nuevos decretos (64/2022 y 65/2022) que desarrollan los Reales Decretos 217/2022 y 243/2022.
- Para los cursos 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato se han aprobado disposiciones transitorias que permiten utilizar los decretos antiguos (48/2015 y 52/2015) y que desarrollanel Real Decreto antiguo (RD 1105/2014).
Recuerda que aquí tienes toda la guía para elaborar la programación didáctica.