NORMATIVA DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA (Oposiciones 2023)
En esta página podrás encontrar toda la normativa necesaria para elaborar una programación didáctica, tanto para el curso 22-23 como para las oposiciones de secundaria de 2023.
Aunque la legislación educativa se compone de una cantidad elevada de reales decretos, decretos, órdenes o instrucciones, nosotros aquí nos centraremos en aquella normativa que necesitaremos para nuestra programación didáctica.
En primer lugar, presentaremos la normativa nacional, que será común a todas las Comunidades Autónomas, y a continuación, veremos la normativa autonómica específica para cada una de las Comunidades.
Recuerda que aquí tienes toda la guía para elaborar la programación didáctica.
Normativa nacional de la programación didáctica
1º y 3º de ESO.
Ley Orgánica. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Currículo. Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.
2º y 4º de ESO
Ley Orgánica (elementos organizativos). Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Ley Orgánica (elementos curriculares). Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
Currículo. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Evaluación. Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
1º BACHILLERATO
Ley Orgánica. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Currículo. Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.
2º BACHILLERATO
Ley Orgánica (elementos organizativos). Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Ley Orgánica (elementos curriculares). Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
Currículo. Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
Evaluación. Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
¿Y por qué este lío de cursos y leyes? Te cuento.
(Editado 21-11-22) Ahora mismo tenemos una nueva Ley Orgánica (LOMLOE) cuya implantación no está todavía al 100%, lo que hace que en algunos aspectos estemos a caballo entre dos leyes diferenciando los cursos pares y los impares.
Cursos impares
Hay que tener en cuenta que la LOMLOE modifica la LOE y deroga la LOMCE. Según el calendario de implantación de la LOMLOE (disposición final quinta), para el curso académico 22-23, las modificaciones curriculares entran en vigor para los cursos de 1º y 3º de ESO y para 1º de Bachillerato.
Por tanto, en el curso académico 22-23, para esos cursos 1º y 3º de ESO y 1º de bachillerato, usaremos la LOMLOE y los Reales Decretos que establecen el currículo de esta nueva ley, el RD 217/2022 (en secundaria) y el RD 243/2022 (en bachillerato).
Cursos pares
Para el resto de cursos, 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato, también podemos nombrar la LOMLOE, porque la disposición final quinta nos dice que entra en vigor en todos los cursos para algunos aspecto organizativos. Por otro lado, aunque la LOMCE está derogada, su desarrollo curricular sigue vigente (como explicamos más abajo) y por tanto también podríamos nombrarla para los elementos curriculares. En conclusión, en estos cursos pares utilizamos tanto la LOMLOE para los aspectos que nos indica la disposición final quinta, como la LOMCE para su desarrollo curricular (a pesar de estar derogada).
Nota para las oposiciones. En muchas ocasiones las propias Consejerías de Educación establecen notas aclaratorias unos meses o semanas antes de las oposiciones, y pueden aclarar estos aspectos para los años pares, que son un poco más confusos para 2023. Conviene estar atentos a estas notas por si establecen algo diferente respecto al uso de la LOMCE.
¿Y qué pasa con los Reales Decretos en 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato que desarrollan los currículos? No podemos usar los nuevos, porque son para el desarrollo curricular de la LOMLOE. Pero en cada uno de ellos se ha aprobado una disposición transitoria que nos permite usar los antiguos. Así, el RD 217/2022 y el RD 243/2022 en su disposición transitoria primera y segunda establece que para el curso 22-23 lo establecido en el RD 1105/2014 y RD 984/2021 seguirá siendo de aplicación para los cursos de 2º y 4º de ESO y de 2º de bachillerato.
En definitiva, que para los cursos pares, 2º y 4º de ESO y 2º de bachillerato, usamos LOMLOE para elementos organizativos, y la LOMCE y RD 1105/2014 y RD 984/2021 para desarrollo curricular.
Normativa autonómica de la programación autonómica
Independientemente de nuestra Comunidad Autónoma tendremos que usar la normativa nacional que acabamos de ver. Pero, además, cada Comunidad Autónoma ha elaborado un Decreto que ordena y concreta el currículo para la Comunidad. Este decreto de la Comunidad Autónoma debe contener como mínimo lo establecido los Reales Decretos que desarrollan los currículos en secundaria y bachillerato pero puede ampliar y concretar para la realidad de su Comunidad Autónoma.
Además, algunas Comunidades también tienen su propia normativa referente a evaluación y atención a la diversidad.
Por tanto, además de la normativa nacional, para elaborar nuestra programación didáctica debemos tener en cuenta el Decreto de nuestra Comunidad (con todas sus ampliaciones y concreciones), y la normativa referente a evaluación y atención a la diversidad.
Aquí puedes ver la normativa de tu Comunidad Autónoma:
Normativa autonómica programación didáctica Andalucía
Normativa autonómica programación didáctica Aragón
Normativa autonómica programación didáctica Asturias
Normativa autonómica programación didáctica Baleares
Normativa autonómica programación didáctica Canarias
Normativa autonómica programación didáctica Cantabria
Normativa autonómica programación didáctica Castilla la Mancha
Normativa autonómica programación didáctica Castilla y León
Normativa autonómica programación didáctica Cataluña
Normativa autonómica programación didáctica Comunidad de Madrid
Normativa autonómica programación didáctica Comunidad Valenciana
Normativa autonómica programación didáctica Extremadura
Normativa autonómica programación didáctica Galicia
Normativa autonómica programación didáctica La Rioja
Normativa autonómica programación didáctica Navarra
Normativa autonómica programación didáctica País Vasco
Normativa autonómica programación didáctica Región de Murcia