¿Conceptos, procedimientos y actitudes en la LOMCE?
ACTUALIZADO 2019
Aquí tienes la guía completa
5. (sólo para fp) Competencias
en fp
6. Objetivos
6. (sólo para fp) Objetivos
en fp
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7. Contenidos
8. Metodología
9. (sólo para fp) Evaluación
en fp
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Es la pregunta del millón. Lo era
en 2010 con la LOE, lo seguía siendo en 2016 con la LOMCE y por supuesto lo es
para estas oposiciones 2019 y 2020.
Y la respuesta es... que da
igual.
EL INICIO DE LOS CONCEPTOS,
PROCEDIMIENTOS Y ACTITUDES.
Con la LOGSE en el año 90, se
introdujeron estos conceptos, procedimientos y actitudes. La idea era que el
alumno no tenía sólo que memorizar unos contenidos, ya que eso era una
metodología más propia de otra época (me suena el cuento). Por tanto, los
alumnos deberían desarrollar unos procedimientos (cómo hacer) y unas actitudes
(reflexión sobre los contenidos.
En el año 2006 con la LOE se
elimina esta división y se crean las competencias básicas, llamadas en 2013 por
la LOMCE, las competencias clave.
Con la nueva ley en el Real
Decreto 1105/2014, de 26 dediciembre, por el que se establece el
currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en
su artículo 2 apartado d) define los contenidos.
“Contenidos: conjunto de conocimientos,
habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los
objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de
competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias
y ámbitos, en función de las etapas educativas o los programas en que participe
el alumnado”
Luego en el Anexo I de la misma
la ley se establecen unos contenidos mínimos y no se hace ninguna división
concreta.
¿Quiere decir que yo no puedo hacer ninguna división en concreto?
En realidad, la ley ni prohíbe ni
obliga nada a este respecto, pero en la definición claramente diferencia
entre conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes, lo
cual es exactamente lo mismo que conceptos (conocimientos) procedimientos
(habilidades y destrezas) y actitudes.
¿Entonces qué hacemos en la
programación?
En el año 2010 ya
existía este debate, ya que la LOE no los diferenciaba claramente en la
legislación.
Yo sin embargo lo que hice fue justificar que me parecía correcto hacer esta diferenciación en la programación y que era una simple división que YO decidía hacer ya que consideraba me ayudaba a organizar mejor los contenidos y así programar en consonancia, asociando unos objetivos a cada uno de estos tipos de contenidos. Así lo justifiqué recalcando que YO lo decidía así por motivos de programación. El tribunal ni parpadeó ante esto y obtuve la plaza igualmente. Francamente creo que la división ni sumó ni resto nada.
En 2016, y ya con la LOMCE, los dos amigos que me pidieron ayuda me preguntaron que debían hacer al respecto. Les expliqué lo yo hice en 2010 y les pareció buena idea de repetir. Ambos fueron el número 1 en programación de su respectivo tribunal y sacaron la plaza hablando de conceptos, procedimientos y actitudes.
En 2018, la historia se repitió, y
los 3 amigos que preparé hicieron algo parecido, aunque yo les aconsejé hablar
de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.
¿Y para 2019-2020?
Pues puedes hacer lo que te dé la
gana porque es TU programación y la ley no dice nada al respecto. Yo te doy 3
opciones.
a) Si te gusta mantén los conceptos, procedimientos y actitudes y explica por qué lo haces.
b) Si no te gusta porque crees
que es algo prehistórico, puedes hablar de conocimientos,
habilidades, destrezas y actitudes tal y como dice la ley.
c) Si tampoco te gusta no hagas
ninguna agrupación. Simplemente pon todos los contenidos en un único bloque.
En mi opinión ni vas a suspender ni a sacarte una plaza por la división que hagas de contenidos. Hagas lo que hagas justifícalo y ya está.
Vamos a por la Metodología
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, en el artículo 10 "estructura de os módulos profesionales dice "quedarán descritos de forma integrada en términos de procedimientos, conceptos y actitudes"- Esto que significa que tengo que hacer una diferenciación entre contenidos de manera concreta?. Y donde en el desarrollo de las unidades didácticas?
ResponderEliminarYo creo que esa descripción de ese artículo es más una guía para la propia administración de cómo tiene que estructurar los módulos profesionales.
EliminarSi vas a las leyes donde se especifican los módulos de los títulos ya concretos, verás que siguen esa estructura.
Buenas noches Javier, estoy elaborando las tablas de las unidades didácticas y me surgen algunas dudas:
ResponderEliminarEn contenidos actitudinales, ¿puedo poner siempre los mismos en todas las unidades?¿Tienen que estar relacionados con mi materia y con cada unidad o simplemente cosas generales como igualdad de sexos, etc? ¿Podrías poner algún ejemplo?
¡Gracias de antemano!
Tu hablas de elementos transversales, deben estar relacionados con la unidad.
EliminarPor ejemplo, si das tema en el que se estudia el consumismo, podrías educar en valor para el consumo responsable. Si hablas de una guerra, educación para la paz etc etc
Buenas tardes Javier, muchísimas gracias por compartir esta información tan buena y valiosa. Cuando hablas de diferenciar los contenidos en procedimentales, actitudinales..., ¿esta división se haría en la fichas de las unidades didácticas? Gracias.
ResponderEliminarSi hay espacio si lo haría.
ResponderEliminarBuenas tardes Javier, muchísimas gracias por la información que nos das sobre la realización de la programación. Es de mucha ayuda. Perdona por si repito alguna pregunta.De los contenidos que vienen establecidos en la Orden de currículo los divido en conceptuales, procedimentales y actitudinales a criterio personal,no? Los contenidos minimos, son los mínimos exigibles y por lo tanto los selecciono yo del conjunto de contenidos? o por el contrario son los que aparecen en el RD de título que normalmente son unos pocos menos que los que aparecen en la orden de currículo? GRACIAS
ResponderEliminarAsi es. Aunque recuerda que la división entre conceptuales, procedimentales ya actitudinales es opcional y a criterio tuyo. Déjalo bien clarito en la programación y la defensa
EliminarMuy buenas Javier, leyendo esta parte me surge la siguiente pregunta:
ResponderEliminar¿Puedo incluir en mi programación unidades didácticas anuales sobre los contenidos transversales?
Mi idea es romper con el esquema tradicional de temporalización, y diferenciar entre unidades didácticas anuales (justificándola según los contenidos transversales), y unidades temporales (según los demás bloques de contenidos). Por ejemplo, en Filosofía, una unidad temporal podría ser Platón, y una anual la actualidad y vigencia de la Filosofía.
Siguiendo este esquema, dedicaría en cada una de las unidades temporales sesiones dedicadas a las anuales. Podría trabajar Platón y la actualidad (dos unidades) en una misma sesión. Esta unidad volvería a aparecer en cada uno de los autores.Intuyo que esta idea bien justificada podría ser una manera de asegurar el trabajar en actitudes y procedimientos, quedando muy claro cómo y de qué manera se llevaría a cabo en la programación. Así serían algo más que un conjunto de buenas intenciones para quedar claramente programado. Además reforzaría mi metodología, que sería experiencial (hacer cercanos los contenidos al mundo del alumno).
Tengo entendido que este esquema es muy frecuente en los primeros niveles de educación (infantil)pero no sé si es demasiado extravagante para secundaria. ¿qué te parecería a ti?
Si que podrías mientras muestre coherencia. Por ejemplo, yo incluí una unidad que era la economía andaluza, que no es un bloque de contenidos en sí, pero que me permitía que el alumno conociera la realidad andaluza.
EliminarLo de mezclas unidades en la misma sesión lo veo más complejo. No digo que no lo puedas hacer en el mundo real, pero no sé si el tribunal lo verá de buenas.
A mí todo lo que sea innovador y diferente me gusta siempre que tenga una coherencia, pero claro, yo no te voy a corregir en la oposición. Así que si te decides a hacerlo prepárate para explicarlo muy muy pero que muy bien.
Buenas Javier,
ResponderEliminarestoy preparando la Programación de Historia del Arte de segundo de bachillerato y me surge una duda respecto a los contenidos, ya que no se si en el apartado propio de contenidos tengo que hacer una larga lista de los que voy a explicar y más tarde pondré en las UD o solo exponerlos en las UD y en el apartado contenidos, exponer los contenidos minimos.
Uf, que lio, jeje.
Gracias por compartir tu sabiduría!
Un saludo!
Puedes poner en el apartado de contenidos los que vienen en la ley y luego en las UD poner los propios de cada unidad
EliminarMuchas gracias por tu rapidez!
EliminarY menos mal, por que solo tengo 80 paginas máximo y lo estoy temiendo...
Buenas Javier,
ResponderEliminarEstoy intentando saber cómo distingues entre conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes dentro de los contenidos. Voy con inglés 1 bachillerato navarra. ¿haces tu la distinción?
gracias, saludos!
quería decir: ¿cómo haces tu la distinción?
EliminarPrimer condicional (conocimiento). Entiende textos en donde aparecen condicionales (habilidad). Reflexiona sobre xxxxx (actitudinal)
EliminarJavier, entiendo que distinguir los contenidos con primer condicional (conociemiento), presente de indicativo para habilidades y actitudinales sólo se hará si finalamente optas por programar unos contenidos tipo procedimientos-conceptos-actitudes, PORQUE..... si optas por agruparlos, puedes usar el verbo que quieras o igualmente has de usar Infinitivo para el "saber" y presentes para los "saber hacer-saber ser"??????
EliminarUn saludo
Muchas gracias, muy aclaratorio, solo una duda.
ResponderEliminarSi dividimos los contenidos, lo que hacemos es coger los que nos da la administración y hacer las tres categorías? O los de la administración son los conocimientos y las habilidades y destrezas y actitudes las hacemos nosotros basándonos en los conocimientos.
Muchas gracias
Yo los elaboraría a partir de los que vienen en la ley
EliminarBuenas tardes, enhorabuena por el blog.
ResponderEliminarEstoy trabajando los contenidos y me ha surgido una duda. Los contenidos conceptuales vienen en el R.D. 1105/2014 pero y los procedimentales y actitudinales (en mi caso prefiero ponerlos separados para un mejor entendimiento, cosa que explicaría tanto en la p.d.) donde vienen?
Gracias.
Yo los elaboraría a partir de los que vienen en la ley
EliminarBuenos días Javier. Los contenidos que ponemos en las tablas de las unidades didácticas en la programación, son los mismos del currículo o los tengo que matizar? Muchas gracias. Saludos
ResponderEliminarBuenas noches, Javier.
ResponderEliminarEn la convocatoria de oposiciones de Madrid dice lo siguiente con respecto a la programación:
"La programación deberá especificar, al menos, los contenidos, criterios de evaluación
y estándares de aprendizaje evaluables, estableciendo su asociación y secuenciación
temporal a lo largo de un curso escolar, así como la contribución de la programación
al logro de los objetivos de etapa y al grado de adquisición de las
competencias del currículo oficial. Asimismo, deberá especificar la metodología
y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información
y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación
y los criterios de calificación y la atención al alumnado con necesidad específica
de apoyo educativo. La programación incluirá también un apartado de evaluación
de la propia práctica docente."
El formato es letra 12 con doble espaciado. El problema está en la limitación de páginas y la obligación de usar el doble espaciado. A la hora de mostrar los contenidos secuenciados en 15 unidades didácticas y con sus correspondientes criterios y estándares con el criterio del doble espaciado terminan ocupando 35 páginas y eso no me deja espacio para mucho más o meter anexos.
La pregunta es: ¿Puedo poner solamente los contenidos de las unidades didácticas e indicar que los estándares y criterios que les corresponden se desarrollan en cada una de las unidades y así enseñar cómo se relacionan en la unidad didáctica que me toque defender, o el hecho de poner los estándares y criterios dentro de la programación va a ser un error garrafal que el tribunal no va a perdonar?
Muchas gracias por todo, un saludo.
Hola Javier, una pregunta,si decido poner los contenidos de las UD en la PD de FP como dices en el punto C,cómo se redactan? Porque creo que no se trata de poner el índice de la UD.
ResponderEliminarTe pongo un ejemplo de informatica de FP, si los contenidos conceptuales son:
" Ficheros. Tipos y características. Bases de datos", yo en mi unidad didáctica lo pondría tal cual o de la siguiente forma?:
"Análisis de los diferentes medios de almacenamiento de la información, ficheros y bases de datos, con interés sobre la materia."
Dónde se incluye procedimientos+conceptos+actitudes todo en una frase???
Sería así??? Es que no me gusta cómo queda si pongo 3 columnas separando conceptos, actitudes y procedimientos. Muchas gracias por tu ayuda!
Yo he separado los contenidos en conceptuales, procedimentales y actitudinales. Justo hace unos días escuché que ya no hay que separarlos, pero yo no lo tengo claro, soy de FP.
ResponderEliminarYo estoy en la misma situación, los he separado y me están diciendo que ya no se hace, pero no lo tengo claro, no sé si quitarlo o dejarlo. El RD 1147/2011 los menciona pero no sé si ha salido alguna modificación. A ver si alguien nos puede ayudar
EliminarBuenos días,
ResponderEliminarYo soy docente también de FP, ese saco roto donde nada parece claro, y vamos siempre 1 o 2 leyes educativas por detrás. En 2018 oposité con una programación de un módulo profesional que sigue con la normativa logse. En ese momento, decidí dividir los contenidos en conceptuales, procedimentales y actitudinales, basándome en que la normativa del ciclo se desarrolló con esa división, y que aunque hoy por hoy se pretende que se lleven a cabo con una interrelación entre ellos, resultaría más fácil de manejar y explicar hacia el alumnado.
Pensando en las oposiciones del 2020, vuelvo a las mil dudas, al seguir escuchando voces, de que es una locura dividir los contenidos, y ya más en concreto en FP, que es una locura opositar con una programación de logse, que los de LOE se pueden lucir más.
Alguien me echa una mano, tengo la cabeza como un bombo.
¡Buenas tardes!
ResponderEliminarMuchas gracias por tu artículo.
¿Y para formación profesional? En el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, se especifica en el Artículo 10: d) Contenidos básicos del currículo, que quedarán descritos de forma integrada en términos de procedimientos, conceptos y actitudes. Se agruparan en bloques relacionados directamente con los resultados de aprendizaje.
Por lo que si hacemos una división, será mejor la primera de las opciones que propones (procedimientos, conceptos y actitudes), verdad?
¡Muchas gracias!