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¿Conceptos, procedimientos y actitudes en la LOMCE?



ACTUALIZADO 2019

Aquí tienes la guía completa


5. (sólo para fp) Competencias en fp 
6. (sólo para fp) Objetivos en fp 

9. (sólo para fp) Evaluación en fp 

Es la pregunta del millón. Lo era en 2010 con la LOE, lo seguía siendo en 2016 con la LOMCE y por supuesto lo es para estas oposiciones 2019 y 2020.

Y la respuesta es... que da igual.

EL INICIO DE LOS CONCEPTOS, PROCEDIMIENTOS Y ACTITUDES.

Con la LOGSE en el año 90, se introdujeron estos conceptos, procedimientos y actitudes. La idea era que el alumno no tenía sólo que memorizar unos contenidos, ya que eso era una metodología más propia de otra época (me suena el cuento). Por tanto, los alumnos deberían desarrollar unos procedimientos (cómo hacer) y unas actitudes (reflexión sobre los contenidos.

En el año 2006 con la LOE se elimina esta división y se crean las competencias básicas, llamadas en 2013 por la LOMCE, las competencias clave.

Con la nueva ley en el Real Decreto 1105/2014, de 26 dediciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, en su artículo 2 apartado d) define los contenidos.

“Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias y ámbitos, en función de las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado

Luego en el Anexo I de la misma la ley se establecen unos contenidos mínimos y no se hace ninguna división concreta.

¿Quiere decir que yo no puedo hacer ninguna división en concreto?

En realidad, la ley ni prohíbe ni obliga nada a este respecto, pero en la definición claramente diferencia entre conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes, lo cual es exactamente lo mismo que conceptos (conocimientos) procedimientos (habilidades y destrezas) y actitudes.
¿Entonces qué hacemos en la programación?

En el año 2010 ya existía este debate, ya que la LOE no los diferenciaba claramente en la legislación.

Yo sin embargo lo que hice fue justificar que me parecía correcto hacer esta diferenciación en la programación y que era una simple división que YO decidía hacer ya que consideraba me ayudaba a organizar mejor los contenidos y así programar en consonancia, asociando unos objetivos a cada uno de estos tipos de contenidos. Así lo justifiqué recalcando que YO lo decidía así por motivos de programación. El tribunal ni parpadeó ante esto y obtuve la plaza igualmente. Francamente creo que la división ni sumó ni resto nada.

En 2016, y ya con la LOMCE, los dos amigos que me pidieron ayuda me preguntaron que debían hacer al respecto. Les expliqué lo yo hice en 2010 y les pareció buena idea de repetir. Ambos fueron el número 1 en programación de su respectivo tribunal y sacaron la plaza hablando de conceptos, procedimientos y actitudes.

En 2018, la historia se repitió, y los 3 amigos que preparé hicieron algo parecido, aunque yo les aconsejé hablar de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.

¿Y para 2019-2020? 

Pues puedes hacer lo que te dé la gana porque es TU programación y la ley no dice nada al respecto. Yo te doy 3 opciones.

a) Si te gusta mantén los conceptos, procedimientos y actitudes y explica por qué lo haces.
b) Si no te gusta porque crees que es algo prehistórico, puedes hablar de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes tal y como dice la ley.
c) Si tampoco te gusta no hagas ninguna agrupación. Simplemente pon todos los contenidos en un único bloque.

En mi opinión ni vas a suspender ni a sacarte una plaza por la división que hagas de contenidos. Hagas lo que hagas justifícalo y ya está.

Vamos a por la Metodología
Con la tecnología de Blogger.